BASES Y CONDICIONES PARA CAMPAÑA PROMOCIONAL “TU SUERTE AL TOQUE”

 

Para participar en el sorteo de la promoción “TU SUERTE AL TOQUE” organizado por la compañía CRESIO CIA. LTDA con RUC 0791740150001, los participantes deberán conocer las bases y condiciones del mencionado sorteo, las cuales se detallan a continuación:

 

  1. ACEPTACIÓN DE LAS BASES: Las personas participantes del sorteo de la campaña: “TU SUERTE AL TOQUE”, por su sola participación aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descritas en estas bases y condiciones. Podrán participar del sorteo personas de cualquier sexo, nacionalidad que residan en el Ecuador. En este sorteo no podrán participar colaboradores de Farmacias San Gregorio, Farmacias Mia, Tiendas 7D, Prevital. Así como tampoco sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, ni tampoco ex-colaboradores de CRESIO CIA. LTDA., que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los 180 (ciento ochenta) días anteriores a la fecha del inicio de este sorteo. 

 

  1. VIGENCIA: El plazo para participar en la campaña será desde el día Lunes 20 de octubre de 2025 hasta el miércoles 31 de diciembre de 2025, fecha en que termina la participación en la campaña. Por ningún motivo los clientes podrán depositar los cupones después del 31 de diciembre de 2025.

 

  1. PREMIOS: Los premios para esta campaña consistirán en: (1) Automóvil 0km GLORY 500, (2) Cocina Indurama Cadiz Spa Plus C20 S01 30000582, (2) Refrigeradora Indurama Ri-370 Sd Ms Avant Cr S01 – 300, (2) Aire Acondicionado Split De 12000 Btu Mabe 12cdbwcc Alta Eficiencia, (4) bicicletas, (2) Motocicleta Shineray Pana Gn Stark Xy150-15 2026 Negro. Los mismos que serán sorteados en la SEDE Portoviejo de la compañía CRESIO CIA. LTDA.

 

  1. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN: Durante la vigencia del Sorteo los que deseen participar del mismo deberán ser aquellos clientes que efectúen y acumulen $15 dólares en facturas de compras de los locales de “Farmacias San Gregorio», durante la vigencia de la campaña. Se otorgará al cliente un cupón por cada $15 de compras en los locales de “Farmacias San Gregorio», donde deberá llenar con sus datos y depositar en las ánforas de “Farmacias San Gregorio». No aplican compras de empresas, sólo aplican compras de personas naturales. Participan todos los puntos de venta. Solo aplican facturas emitidas a partir del Lunes 20 de octubre de 2025. 

 

  1. MECÁNICA DEL SORTEO: El sorteo se realizará de forma aleatoria en la SEDE Portoviejo de la compañía CRESIO CIA. LTDA. ubicada KM 4 y medio vía Portoviejo- Manta, el lunes 05 de enero de 2026 desde las 15:00. Únicamente los cupones que fueron depositados en las ánforas ubicadas en los puntos de venta de Farmacias San Gregorio, desde el Lunes 20 de octubre de 2025 hasta el miércoles 31 de diciembre de 2025, participarán en el sorteo. 

 

Durante el sorteo se extraerá al azar en una primera instancia, un cupón de entre la totalidad de los cupones reunidos en las ánforas correspondientes. En el caso de que el primer cupón extraído al azar contenga los datos requeridos del participante, automáticamente será ganador del Primer Premio. En caso de que en este cupón tampoco consten los datos requeridos se extraerán sucesivamente cupones adicionales hasta obtener uno que reúna la información requerida. El nombre de los ganadores serán comunicados en “Farmacias San Gregorio”. Si el Ganador fuere localizado y cumpliera con las condiciones indicadas en la presente bases y condiciones, será acreedor del Premio (en adelante, el “Adjudicatario”). 

 

De esta forma se procederá en cada uno de los ganadores.

 

  1. ASIGNACIÓN DE PREMIOS: Los participantes favorecidos en el Sorteo (los “Adjudicatarios”) serán notificados vía telefónica y/o por correo a fin de que se presenten a retirar su premio en la sede Portoviejo de CRESIO CIA. LTDA. ubicada KM 4 y medio vía Portoviejo- Manta, dentro del Grupo empresarial Marcos Raúl, o en los respectivos puntos de venta de “Farmacias San Gregorio» ubicados a nivel nacional, a los efectos de hacer efectiva la adjudicación del Premio. La comunicación se realizará por vía telefónica y por vía e-mail. En caso de que los Adjudicatarios/as – notificados no se presentaron transcurrido el plazo de 30 días a partir de la notificación respectiva, perderán automáticamente su derecho al Premio sin que le asista derecho a reclamo alguno. En el supuesto que el Premio no sea asignado, o que habiendo sido asignado no fuere efectivamente retirado o no fuere justificado o coordinado su retiro por los Adjudicatarios habiendo transcurrido el plazo de 30 días a partir de la notificación respectiva, el Premio quedará en propiedad de “Farmacias San Gregorio”.

 

En caso del vehículo, este no será entregado hasta que el ganador haya realizado el cambio de propietario, dichos gastos de traspaso correrán por parte del ganador. El premio del vehículo no incluye el pago de impuesto alguno y demás gastos que conlleve costos de trámites o documentos legales que se tengan que gestionar más de una vez por petición de alguna institución gubernamental.

 

  1. PROHIBICIÓN: Los Adjudicatarios de los premios no podrán canjear los mismos por dinero en efectivo, ni por ningún otro premio de similares características o costos. 

 

  1. AUTORIZACIÓN: La participación en el sorteo implica por parte de los Adjudicatarios la autorización a “Farmacias San Gregorio” para difundir sus datos personales, domicilio, imágenes y/o voces con fines publicitarios, en los medios y/o formas que ésta última considere convenientes y hasta transcurrido un año desde la fecha del Sorteo, sin derecho a compensación alguna para el/la Adjudicatario/a. 

 

  1. DISPONIBILIDAD DE LAS BASES: Las bases y condiciones del sorteo estarán disponibles para su consulta en puntos de venta de “Farmacias San Gregorio”.

 

  1. INTERPRETACIÓN: La participación en el sorteo implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes bases y condiciones. Farmacias San Gregorio se reserva el derecho exclusivo e inapelable de interpretar las mismas, efectuar aclaraciones y/o modificaciones necesarias para el mejor desenvolvimiento del Sorteo. Todas estas acciones serán comunicadas al público en los puntos de venta de “Farmacias San Gregorio”, la participación en el sorteo implica la aceptación incondicional de las decisiones que adopte Farmacias San Gregorio sobre cualquier cuestión no prevista en las presentes bases y condiciones, siempre y cuando no se altere la esencia de este sorteo. 

 

  1. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Del señalamiento de domicilio y de la jurisdicción y competencia de cualquier controversia.- Las partes de manera libre y voluntaria, convienen en someter toda disputa, conflicto o divergencia que pudiera surgir entre ellas en virtud o con relación a la aplicación del presente bases del concurso, sus antecedentes y consecuencias jurídicas, ante uno de los jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, siguiendo para el efecto el procedimiento de Ejecución de las obligaciones dar, hacer o no hacer prescrito en el Código Orgánico General de Procesos.